El OJD tiene un procedimiento conciliatorio interno que ofrece soluciones prontas y justas a denuncias de presunta discriminación por parte del Departamento Jurídico por motivo de discapacidades, en contravención de los reglamentos del Departamento de Justicia de EE.UU. que implementan el Título II de la ADA. Dicho Procedimiento cumple con el 28 CFR 35.107(b).
El registro de la denuncia
1. Toda persona que denuncie una presunta discriminación por el Departamento Jurídico o sus empleados por motivo de la discapacidad de la persona debería registrar una denuncia tan pronto como sea posible, en todo caso no después de los 45 días calendarios subsiguientes a la presunta contravención. La denuncia tiene que:
a. estar fechada y firmada por la persona que imputa tal discriminación o por el representante de dicha persona (de solicitarse, se harán otros arreglos para registrar la denuncia);
b. incluir el nombre, dirección, número telefónico y dirección de correo electrónico de la persona (y de su representante, de haberlo) que la registra;
c. describir de manera breve, pero con suficientes detalles, los motivos de la(s) presunta(s) contravención(es) de los reglamentos;
d. indicar la fecha, el lugar y la naturaleza del incidente, incluyendo el nombre, si se conoce, de todo funcionario o empleado involucrado, así como los nombres de toda persona testigo del incidente; e
e. indicar una medida correctiva que podría resolver la contravención o contravenciones imputadas.
2. Las personas que denuncian una presunta discriminación tienen que registrar la denuncia en el tribunal local o División de OSCA del Departamento Jurídico
con la persona o personas, quienes han sido designadas para coordinar las labores de acatamiento a la ADA.
La persona arriba nombrada notificará por escrito a todas las personas, acusando recibo de la denuncia.
3. Una investigación seguirá al registro de una denuncia, según sea apropiado. Este proceso informal brinda a las personas que denuncian una presunta discriminación y a sus representantes, de haberlos, una oportunidad de presentar información o pruebas acerca de la denuncia.
4. Dentro de 45 días calendarios después del registro de la denuncia, el empleado del OJD arriba nombrado expedirá por escrito una copia de las decisiones en cuanto a la validez de la denuncia y, de haberlas, las resoluciones, a las personas que denuncian una presunta discriminación.
5. La autoridad administrativa local deberá conservar los expedientes y actas relacionados con las denuncias por un período de tres años.
Solicitud de reconsideración
1. Personas que denuncian una presunta discriminación podrán solicitar una reconsideración en casos donde no estén satisfechas con las decisiones o resoluciones escritas. La solicitud de reconsideración debería hacerse dentro de los 45 días calendarios inmediatamente posteriores a la expedición de las decisiones o resoluciones escritas y tiene que registrarse por escrito ante:
OJD Statewide ADA Coordinator
Office of the State Court Administrator
Supreme Court Building
1163 State Street
Salem, OR 97301-2563
Teléfono:
503-986-5500
El Coordinador ADA a Nivel Estatal notificará a toda persona que denuncia una presunta discriminación, acusando recibo de la denuncia.
2. El Coordinador ADA a Nivel Estatal expedirá una copia de la respuesta escrita a la solicitud de reconsideración a las personas que denuncian una presunta discriminación a más tardar 45 días calendarios después de recibida dicha solicitud.
3. La Oficina del Administrador de Tribunales Estatales deberá conservar los expedientes y actas de toda solicitud de reconsideración, durante un período de tres años.
El uso del procedimiento de conciliación del Departamento Jurídico no afecta de ninguna manera el derecho de personas que denuncian una presunta discriminación de buscar otros recursos bajo la ADA, tales como registrar una denuncia ADA ante el departamento, dependencia o tribunal federal responsable.
Copias del presente anuncio o formatos alternativos del mismo están disponibles bajo solicitud.