Infórmese sobre la Ley Revisada de Oregón (ORS) 105.164. y averigüe si esta ley aplica a sus desalojos.
Palabras que ha de saber antes de leer esta página:
Causas pendientes. Las causas de desalojo más antiguas iniciadas en los tribunales antes del 1 de diciembre de 2023.
Exención del pago. Se declaró en quiebra y el tribunal de quiebras le eximió del pago de lo adeudado en su causa de desalojo.
La sentencia. La resolución de la causa o su finalización.
Indemnización monetaria. Cuando el juez ordena que una de las partes de una causa pague dinero a la otra parte.
La parte demandante. En las causas de desalojo, la parte demandante se refiere al propietario o a quien actúe en su representación.
La deuda saldada. Alguien ha abonado la indemnización monetaria que un juez ordenó pagar en una causa.
Sellado. La causa ya no está disponible en los registros públicos. No debería salir en ninguna comprobación de antecedentes. Ningún propietario nuevo tendrá acceso al registro de su desalojo.
La anulación de la sentencia. Significa que, jurídicamente, el desalojo nunca se produjo. En caso de que alguien le pregunte por este desalojo, usted podrá decir que nunca lo hubo.
Sentencia acordada. Ocurre cuando dos partes llegan a un acuerdo sobre cómo resolver la causa y el juez aprueba por escrito el acuerdo al que han llegado.
La Ley Revisada de Oregón (ORS) 105.164 aplica a determinadas causas de desalojo en las que el tribunal dictó sentencia después del 1 de enero de 2014.
Los tribunales estatales deberán anular las sentencias de desalojo y sellar las actas judiciales correspondientes a las causas que cumplan los requisitos. Lo harán una vez al año, a partir de diciembre de 2024.
Primeramente, los tribunales tienen que anular y sellar todas las causas que reúnan los requisitos desde el 2014 hasta el 1 de diciembre de 2023. Posteriormente, los tribunales repetirán este proceso una vez al año para todas las causas que reúnan los requisitos.
Cuando la legislatura de Oregón aprobó esta ley en el 2023, la Junta de
la vivienda y sinhogarismo escribió lo siguiente: “ser desalojado podría afectar la capacidad de un inquilino para reunir los requisitos para alquilar otra vivienda y podría repercutir a largo plazo en la falta de la vivienda, en la búsqueda de una vivienda provisional y en cuestiones de salud y/o empleo”.
Los desalojos que reúnan los requisitos correspondientes pueden ser “anulados” de los antecedentes del inquilino.
Consulte el gráfico para verificar si la ley se aplica a su causa.
No, los tribunales no tienen la información de contacto actualizada de todas las personas a las que se sellen sus causas.
Puede consultar sus antecedentes en el sitio web gratuito de
Búsqueda de antecedentes en línea del Departamento Judicial de Oregón. Puede buscarlos según el número del expediente, si lo sabe, o con los nombres y apellidos que usó en la causa.
Si tiene dificultades para encontrar su causa, puede realizar una búsqueda más amplia usando solo las primeras letras de su nombre o apellido. Es posible que la causa aparezca con los nombres y apellidos usados anteriormente o un alias, si lo tiene. Haga una segunda revisión de sus nombres y apellidos para asegurarse de que están escritos correctamente.
Si no logra encontrar su causa de desalojo entre los resultados de la búsqueda, es probable que se selló. Si quiere estar completamente seguro, puede presentar nuestro
formulario de solicitud de orden judicial para obtener una fotocopia de la orden judicial que selló su causa.
Si su causa sigue apareciendo entre los resultados de la búsqueda de expedientes, puede significar una de dos cosas:
- Que la ley no la contemplaba, o
- La ley sí contempla su causa, pero el Departamento Judicial de Oregón aún no la ha sellado.
El Departamento Judicial de Oregón tendrá de plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para sellar el primer grupo de causas.
Tenemos más de 160,000 causas que revisar. Lleva mucho tiempo revisar cada causa y decidir si, conforme a esta ley, se la debería sellar. Estamos trabajando arduamente para finalizar este proceso.
A finales de 2024 habremos sellado la mayoría de las causas. Sin embargo, no habremos sellado las causas pendientes (véase la definición que sale en la parte superior de esta página) contempladas por esta ley hasta finales del año 2025.
Puede solicitar a los tribunales que le den una fotocopia de la orden que selló su causa. Para realizar este paso, llene el
formulario de solicitud de orden judicial.
Esta orden judicial le servirá para comprobar que, jurídicamente, nunca se llevó a cabo el desalojo.
El tribunal se puede tardar hasta 90 días en revisar su solicitud. Una vez revisada la solicitud, el tribunal le enviará una fotocopia de la orden judicial a la dirección que usted proporcionó en el formulario en línea. Si no pueden localizar su causa o necesitan más información, le enviarán una carta.
Puede pedir una fotocopia de la orden que selló la causa mediante
el formulario de solicitud de orden judicial. Esta orden judicial hace constar que, jurídicamente, el desalojo nunca se llevó a cabo.
Puede entregar esta orden judicial a la persona que ordenó la comprobación de antecedentes. También existe la opción de contactar a la compañía que realizó la comprobación de antecedentes para pedirles que se corrijan sus datos.
Notificamos a las compañías privadas que tienen acuerdos de datos con los tribunales estatales acerca de las causas selladas. Una vez realizada la notificación, dichas compañías deberían borrar las causas de sus registros.
Sin embargo, estas compañías no están obligadas a hacerlo.
Los tribunales no pueden controlar cómo las compañías privadas almacenan o comparten la información de su expediente.